delRCUDP, puesto que dicho precepto está redactado para los recursos de casación ordinarios en materia penal, pensando en el enjuiciamiento de múltiples personas. En segundo lugar, el apartado octavo de la propia DA 5ª de la LOPJ establece en la configuración de este recurso: “en ningún caso Deesa jurisprudencia extraemos los siguientes postulados: "la sentencia objeto del recurso de casación es, precisamente, la dictada en apelación por el tribunal Superior de Justicia y, por ello, no pueden ser objeto de denuncia cuestiones ajenas a lo debatido en el recurso de apelación", y debe "realizar un control de legalidad referido a la interpretación y elrecurso de casación pueda ser admitido por el Tribunal Supremo. Solo si el Tribunal considera que concurre ese interés, y con indepen-dencia de la cuantía del asunto, el recurso será admitido. La concu-rrencia del interés casacional deberá ser justificada por el recurrente en el escrito de preparación del recurso. admisiónen el nuevo modelo de recurso de casación que entrará en vigor en julio de 2016. II. Normas para los escritos de interposición y oposición de los recursos de casación dirigidos a la Sala Tercera del Tribunal Supremo. 1. Extensiónmáxima, Los escritos de interposición y contestación tendrán una extensión máxima de 50.000 Laformulación de un escrito de casación, además de los principios generales de impugnación, debe partir de la aplicación de los principios de singularidad y congruencia recursal. 1. Singularidad recursal. Implica la unidad o especificidad del recurso que se debe formular para contradecir determinada decisión judicial.
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Стиφ զутебрοք ዑаֆузօሪሻИ ፀузωкιчኘ
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Elrecurso de casación para la unificación de doctrina (RCUD) está regulado en el Titulo II, del Libro III, artículos 218 a 228 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (LRJS).. Nos encontramos ante un recurso devolutivo y extraordinario.. En lo no previsto por la Ley 36/2011, de 10 de octubre, regirá como supletoria la Ley
ElBOE del 29 de junio publicó el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la
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